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17 de noviembre de 2022La adición al artículo 20 Quáter de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, fue enviada al Senado de la República para su discusión y, en su caso, aprobación.
Por lo cual, Pleno de la Cámara de Diputados aprobó, por unanimidad de 480 votos, el dictamen que considera como violencia digital la acción dolosa de amenazar, chantajear, coaccionar o extorsionar a una mujer a exhibir contenidos sexuales sin consentimiento previo, por medio de las tecnologías de la información y la comunicación.
La presidenta de la Comisión de Igualdad de Género, Julieta Vences Valencia, de Morena, explicó que se busca ampliar el concepto de violencia digital al integrar:
“Toda acción dolosa de amenazar, chantajear, coaccionar, extorsionar a una mujer con exponer, distribuir, difundir, exhibir, transmitir, comercializar, ofertar, intercambiar o compartir imágenes, audios, videos reales o simulados de contenido íntimo sexual, mejor conocido como pack, sin el consentimiento, aprobación o autorización de las mismas, en cualquier ámbito de su vida privada o pública de su imagen propia”, señaló.
Y aseguró que de esta forma se busca fortalecer la Ley Olimpia al reconocer los distintos tipos de violencia incluida aquella que “no necesariamente se consuma, pero que sí busca extorsionar o amenazar a las mujeres”.
Así pues, Julieta Vences explico que se conoce a este tipo de violencia como “sextorsión”, que es el chantaje por parte de un ciberdelincuente para que la víctima realice una determinada acción o entregue una cantidad de dinero bajo la amenaza constante de publicar o compartir imágenes íntimas.
Diputados aprueban ampliar el concepto de violencia digital; incluyen la 'sextorsión'https://t.co/LQmytt2LL4
— Aristegui Noticias (@AristeguiOnline) November 17, 2022
Con información de Aristegui Noticias