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3 de febrero de 2023Todas las operaciones de carga aérea del Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México (AICM) deberán mudarse a otras terminales aéreas en un plazo máximo de 108 días hábiles, con la entrada en vigor de dicho decreto.
El decreto establece que entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF).
Establece que los concesionarios y permisionarios que proporcionen el servicio de transporte aéreo, nacional e internacional regular y no regular exclusivo de carga tienen como plazo máximo el señalado, a partir de la entrada en vigor del decreto, para reubicar sus operaciones fuera del aeropuerto capitalino.
Cabe mencionar que empresas cargueras habían solicitado al gobierno federal ampliar de 108 a 180 los días hábiles como mínimo para una migración segura; sin embargo, las autoridades dejaron el plazo en 108 días.
En una de sus conferencias matutinas, el presidente Andrés Manuel López Obrador rechazó la propuesta de las aerolíneas de carga de ampliar el plazo, y manifestó: “¿Creen que me chupo el dedo?”.
Con información de Excélsior